Concessió directa CCAA dels ajuts per a actuacions d'eficiència energètica en PIME i gran empresa de el sector industrial
FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER)

"Una manera de hacer Europa"

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Aspectos generales del programa

Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la de 1 de junio de 2022, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril 

Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 29 de marzo de 2021, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril

Resolución de 3 de marzo de 2021, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 24 de febrero de 2021, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril

Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Resolución de 14 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 6 de abril de 2020, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, ha aprobado el  Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (*)(**), dotado con 307 millones de euros y dirigido a incentivar la realización de actuaciones en el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, conforme a las condiciones establecidas por las presentes bases y, con el fin de facilitar la cofinanciación con fondos FEDER, así mismo, conforme a las normas que rijan el Programa Operativo FEDER Plurirregional de España 2014-2020. 

(**) Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

(*) Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Reparto territorial de los fondos

El Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, otorga la concesión directa de ayudas del programa para actuaciones de eficiencia energética en PyME y Gran Empresa del sector industrial a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

El programa está coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y será gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar convocatorias en sus respectivos territorios para el reparto de los importes que les han sido asignados y distribuir las ayudas entre los beneficiarios finales.

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de este Programa se regirán por Real Decreto 263/2019, de 12 de abril (*)(**)  por el que se regula programa para actuaciones de eficiencia energética en PyME y Gran Empresa del sector industrial. En él se establece como objetivo que las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla efectuarán la convocatoria correspondiente en un plazo no inferior a 2 meses ni posterior a 4 meses, desde la entrada en vigor de este real decreto, mediante la publicación de la misma en el diario oficial que corresponda.

(**) Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

 (*) Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

 

Principales características

CONCEPTO

REQUISITOS PYME Y GRAN EMPRESA SECTOR INDUSTRIAL

Presupuesto

Dotación presupuestaria de 307.644.906 € con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 29 de marzo de 2021, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril

Resolución de 3 de marzo de 2021, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 24 de febrero de 2021, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, regulado por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril

Resolución de 14 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 6 de abril de 2020, del Consejo de Administración, por la que se amplía el presupuesto del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Incompatibilidades

Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que se cumplan las dos condiciones siguientes:
1) Que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
2) Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.

Actuaciones elegibles

(Anexo IV del RD)

Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales con unratio económico energético máximo de 14.379 (inversión elegible / tep de ahorro de energía final en un año).

Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética con un ratio económico energético máximo de 14.501 (inversión elegible / tep de ahorro de energía final en un año)..

Cuantía de las ayudas

(Anexo I de RD)

Entrega dineraria sin contraprestación con un máximo del 30% de la inversión elegible.

Carácter incentivador

Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Beneficiarios

Comunidades y ciudades autónomas

Destinatarios últimos de las ayudas

Empresas que tengan la consideración de PYME o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:

07 Extracción de minerales metálicos.

08 Otras industrias extractivas.

09 Actividades de apoyo a la industria extractiva.

10 Industria de la alimentación.

11 Fabricación de bebidas.

13 Industria textil.

14 Confección de prendas de vestir.

15 Industria del cuero y del calzado.

16 Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.

17 Industria del papel.

18 Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

19 Coquerías y refino de petróleo.

20 Industria química.

21 Fabricación de productos farmacéuticos.

22 Fabricación de productos de caucho y plásticos.

23 Fabricación de otros productos minerales no metálicos

24 Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.

25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

27 Fabricación de material y equipo eléctrico.

28 Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

29 Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.

30 Fabricación de otro material de transporte.

31 Fabricación de muebles.

32 Otras industrias manufactureras.

33 Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

35 Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

36 Captación, depuración y distribución de agua

37 Recogida y tratamiento de aguas residuales

38 Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización

39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos

Régimen de concesión

Estas ayudas se concederán de forma directa, conforme a los artículos 22 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y al capítulo III del título I del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Además, deberán cumplir aquellos requisitos que la normativa de las propias comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla establezcan, según el territorio en el que se apliquen.

Cofinanciación con fondos FEDER

Las ayudas de esta convocatoria serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020 en aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho Programa. 

Calendario

Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla indiquen en las respectivas convocatorias, en la forma que en ellas se establezca, hasta la conclusión de su vigencia, a fecha de 31 de diciembre de 2020.  Ampliada la vigencia del programa hasta el 30 de junio de 2023 (Real Decreto 440/2021, de 22 de junio)

Las convocatorias anteriormente citadas, se efectuarán en un plazo no inferior a 2 meses ni posterior a 4 meses, desde la entrada en vigor de este real decreto, mediante la publicación de la misma en el diario oficial que corresponda.

Actuaciones elegibles

Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que se hayan registrado en plazo y cumplan con los requisitos establecidos en las bases que se aprueban por el real decreto y la correspondiente convocatoria que realicen las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. 

Más información

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica:  Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp:  Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 14:30h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-J, de 9.00h a 15.00 h. Viernes de 9.00h a 14:30h.

 

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