Perfil de contratante

El artículo 347.2 de la Ley 9/2017 de noviembre de 2017 de Contratos del Sector Público establece que los perfiles de contratante de los órganos de contratación de todas las entidades del sector público estatal deberán alojarse de manera obligatoria en la Plataforma de Contratación del Sector Público, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de la misma