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Aviso importante. El día 1 de junio de 2020 se reanudará el cómputo de plazos de las tramitaciones administrativas relacionadas con la gestión de los programas de ayudas convocados por el IDAE

IDAE acuerda la continuidad de algunos trámites relacionados con la gestión de ayudas públicas cuando el interesado otorgue el consentimiento. Para más detalle, puede consultar la Resolución de 29 de abril de 2020 del Consejo de Administración, por la que se acuerda la continuidad de determinados trámites relativos a los procedimientos correspondientes a los programas de ayudas convocados o gestionados por IDAE, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Este Programa de ayudas establece una línea de financiación a las entidades locales para que puedan efectuar la reforma de sus instalaciones de alumbrado exterior bajo diseños de eficiencia energética.

El alumbrado exterior de los municipios españoles se compone de 7.964.000 puntos de luz (PL) que, con una potencia media de 165 W/PL y 4.081 horas de utilización anual, supone un consumo de electricidad de 5.367 GWh/año y un coste para los municipios de 697 millones de euros anuales, es decir, el 2 % del consumo eléctrico nacional.

Entre las medidas de ahorro y eficiencia energética que se pueden aplicar se encuentran la sustitución de las lámparas por otras fuentes de luz de mayor eficiencia lumínica, la mejora de la calidad reflectante y direccional de las luminarias o la implantación de sistemas de regulación del flujo luminoso de los puntos de luz que permitan su variación a lo largo de la noche en función de las necesidades y reduciendo la emisión de luz hacia otros espacios ajenos al objeto de la iluminación (contaminación lumínica). Con estas actuaciones se adecuan los niveles de iluminación, excesivos en muchas calles de nuestros municipios, a las necesidades reales de este servicio público, consiguiendo, además, una importante reducción del consumo de electricidad.

El Programa se apoya en los cambios legislativos efectuados por la administración española y por la introducción de nuevas tecnologías aparecidas en estos últimos años, hitos que están originando un punto de inflexión en el consumo de energía de estas instalaciones. Sirva como ejemplo la publicación del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, aprobado por Real Decreto 1890/2008 o la irrupción de la tecnología LED como nueva fuente de iluminación en nuestras calles y espacios abiertos.

Este Programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo que asciende a la cantidad total de 36.000.000 €, con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. 

El Programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado se enmarca como una medida dirigida exclusivamente al sector de los servicios públicos, en su vertiente de alumbrado exterior municipal, bajo la modalidad de préstamos reembolsables sin interés, y con unos plazos de amortización de hasta diez años, que hacen factible la ejecución de esta reforma. Podrá solicitarse hasta el 100 % de la inversión elegible, con un máximo de 4.000.000 € y un mínimo de 300.000 €. Las actuaciones de cuantía inferior a 300.000 €, podrán presentarse de forma agrupada con otro u otros solicitantes según lo establecido en las bases del Programa.

El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria será del 6 de mayo de 2015 al 5 de mayo de 2016, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda: Antes de entrar en la aplicación de carga de datos, por favor lea detenidamente la Resolución de 28 de abril de 2015, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, y  la Resolución de 19 de septiembre de 2016, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 26 de julio de 2016, del Consejo de Administración, por la que se modifica el anexo III de la Resolución de 24 de marzo de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal.ya que una vez iniciada la reserva de solicitud de ayuda tendrá un plazo de 15 días naturales para cargar los datos y documentos, según lo establecido en la base Décima de la Resolución.

Acceda al resumen de situación de la línea, que incluye: resumen del programa, relación de ayudas concedidas, y relación de solicitudes desfavorables.

Más información: Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica:  Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
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LEGISLACIÓN RELACIONADA

Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. 

Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento electrotécnico de baja tensión