RD 451/2022 de Concesión directa de ayudas para las Illes Balears y Canarias

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Logotipos ayudas Is...

Logotipos ayudas Islas

El 14 de junio de 2022 fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Real Decreto 451/2022 (*)por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

(*) Real Decreto 186/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para su adaptación a la Adenda de dicho plan 

Dentro de la Componente 7 del PRTR, denominada específicamente «Despliegue e integración de renovables», el presente real decreto se centra en la inversión 2 (C7.I2), «Energía sostenible en las islas». Esta inversión, que se destina a Illes Balears y Canarias, tiene por objeto responder a los retos específicos a los que se enfrentan los sistemas energéticos insulares. Se considera fundamental el refuerzo de firmeza y gestionabilidad en la generación renovable en los territorios insulares a través del desarrollo de nuevas instalaciones de generación eléctrica, proyectos singulares y estrategias para la energía sostenible en las islas. Estas medidas incluyen el almacenamiento como una de las principales herramientas que permitirán garantizar el suministro y favorecer la integración de energías renovables en estos sistemas.

Las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears, han desarrollado respectivamente la «Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias» y el «Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears», en adelante “programas operativos”. El presupuesto asignado para la financiación de cada uno de los programas, se gestiona en un porcentaje de forma autonómica, mediante convenios, convocatorias de ayudas, licitaciones o cualquier otra modalidad que la comunidad autónoma establezca dentro de sus competencias, y en otro porcentaje de forma centralizada, mediante convocatorias u otras líneas de ayudas que el E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., llevará a cabo de forma conjunta para ambos archipiélagos o de forma diferenciada, en función de las actuaciones a desarrollar.

El RD 451/2022 permite vehicular los fondos para aquellas actuaciones a gestionar por parte de los gobiernos de Canarias y de Illes Balears estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2026.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del IDAE, coordinará y hará el seguimiento de las ayudas, gestionadas por las Comunidades, beneficiarias directas de las mismas.

Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento y en la forma que establezcan las Comunidades Autónomas en sus respectivas convocatorias, publicadas de acuerdo con los programas operativos.

Concepto

Requisitos 

Presupuesto

El importe de las subvenciones a otorgar será de 498.700.000 euros con el siguiente desglose:

a) A la Comunidad Autónoma de Illes Balears: 197.000.000 euros.
b) A la Comunidad Autónoma de Canarias: 301.700.000 euros

Régimen de las ayudas

De acuerdo con las diferentes convocatorias definidas por cada comunidad autónoma

Periodo de vigencia

Las actuaciones reguladas por este real decreto estarán vigentes desde el día siguiente al de la publicación del RD 451/2022 en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta la conclusión de su vigencia, que se producirá el 30 de junio de 2026

Bases reguladoras

Las bases reguladoras serán las establecidas por las comunidades autónomas, cumpliendo con lo dispuesto en este Real Decreto 451/2022.

Real Decreto 186/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para su adaptación a la Adenda de dicho plan 

Actuaciones subvencionables

 

Se financiarán las diferentes actuaciones de las entidades beneficiaras, contempladas en los programas operativos de Illes Balears y Canarias, objeto de este real decreto. Estas actuaciones subvencionables se integran dentro de los proyectos definidos en la inversión 2 del componente 7 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuantía de las ayudas

El importe de la ayuda a otorgar será el establecido por la comunidad autónoma para cada convocatoria de acuerdo con la normativa de ayudas de estado.

Compatibilidad de las subvenciones

Las ayudas reguladas en este real decreto serán compatibles con otras ayudas o subvenciones que pudieran ser otorgadas por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, siempre y cuando no tengan su origen en un fondo o programa de ayudas de la Unión Europea y no cubran el mismo coste, así como el importe de la ayuda o subvención, aisladamente o en concurrencia con otros incentivos, no supere el coste del proyecto y cumpla con la normativa nacional y europea de ayudas de Estado.

En todo caso, los proyectos que se financien con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia solo podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, el artículo 188 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión, y el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

 

Más información

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

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