Proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, dentro del PERTE ERAH

PRIMERA CONVOCATORIA

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

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proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, dentro del PERTE ERAH

Almacenamiento energético: elemento habilitador clave de la integración de renovables, dentro del PERTE ERAH

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables, dentro del PERTE ERAH

El día 18 de enero de 2023 se abrirá el plazo de presentación de solicitudes para la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este plazo finalizará a las 12:00 horas del día 21 de marzo de 2023 (11 horas en la Comunidad Autónoma de Canarias).

Esta convocatoria tiene como finalidad impulsar el despliegue del almacenamiento energético, contribuyendo a la transición energética y, en concreto, a proporcionar una nueva flexibilidad al sector energético, aumentando la integración de las energías renovables. Se enmarca en la componente 8 «Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y, en concreto, en su inversión 1 (C8.I1), Despliegue del almacenamiento energético.

La convocatoria contribuirá a los objetivos 125 y 126 de anexo II de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, de 6 de julio de 2021, ambos objetivos referentes al despliegue de 600 MW de almacenamiento energético. Adicionalmente, esta orden contribuye al cumplimiento de los indicadores de seguimiento de las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación acordadas por el Gobierno de España y la Comisión Europea, en particular, los indicadores de seguimiento 125.1 y 126.1, ambos relativos al desarrollo de, al menos, 2 proyectos innovadores de almacenamiento energético.

La Convocatoria destinará 150.000.000 € de ayuda a proyectos de almacenamiento energético, de los que se destinarán 20.000.000€ y 6.000.000€ a proyectos ubicados en los archipiélagos canario y balear, respectivamente. En ellos se deberán incluir, además, medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que se implanten las instalaciones.

Será de aplicación el principio de neutralidad tecnológica, contemplando todos los proyectos de almacenamiento energético que posibiliten el despliegue comercial a gran escala del almacenamiento de energía, sin estar restringida ninguna tecnología en términos de nivel de madurez tecnológica. Se exceptúan los proyectos que utilicen hidrógeno.

Esta es una nueva convocatoria dentro  del PERTE ERHA, un completo programa de instrumentos y medidas para desarrollar tecnología, conocimiento, capacidades industriales y nuevos modelos de negocio que refuercen la posición del liderazgo de España en el campo de las energías limpias. Esta actuación se corresponde con la medida transformadora nº 10 del PERTE ERHA.

EL PERTE ERHA movilizará una inversión superior a los 16.300 millones de euros, entre aportaciones del Plan de Recuperación y fondos privados. Con carácter general, el apoyo económico se otorgará mediante convocatorias de concurrencia competitiva para seleccionar los mejores proyectos. 

Asimismo, mediante el despliegue de este mecanismo de ayudas se avanza en la consecución de los objetivos de la Estrategia de Almacenamiento energético. Entre otros objetivos, se aspira a alcanzar una potencia de almacenamiento de 20 GW a 2030.

Puede consultar la información sobre el PERTE-ERHA en este enlace

Toda la información del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aquí

Bases y Convocatoria

Bases: Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Convocatoria: Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir  de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, publicado en el BOE núm. 311 de 28/12/2022

Publicada en la Base de Datos Nacional de subvenciones (BNDS) id: 666267

Actuaciones subvencionables y cuantía de las ayudas

Serán elegibles los proyectos de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables, sean de nueva construcción o existentes. 

Los proyectos deberán tener un tamaño mínimo, que se materialice en una potencia mínima de 1 MW o una capacidad de almacenamiento de 1 MWh, además de una duración de, al menos, 2 horas. 

La potencia de almacenamiento de la instalación deberá estar dimensionada para ser, al menos, un 40% de la potencia de generación de la planta de generación renovable con la que se hibrida (expresada en MW/MW). Los valores de potencia se medirán en términos nominales. Los proyectos no podrán superar la ratio de 1 MW de potencia del sistema de almacenamiento por 1 MW de potencia de la instalación de producción de energía renovable con la que se encuentre hibridada.

No será posible hibridar el sistema de almacenamiento con tecnologías no renovables, pudiendo utilizarse cualquier tecnología de almacenamiento que sea susceptible de ser incorporada a la red eléctrica, a excepción del almacenamiento de hidrógeno. En ningún caso será elegible un almacenamiento ubicado fuera del territorio nacional, ni un almacenamiento virtual, debiendo el almacenamiento formar parte de la instalación.

Los proyectos cuyas actuaciones se desarrollen en los archipiélagos deberán incluir medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que están implantadas las instalaciones y en el caso particular de las instalaciones eólicas, será necesaria la incorporación de sistemas de detección de aves y quirópteros. Las instalaciones situadas en ellos y que se acojan a esta convocatoria tendrán como criterio de elegibilidad la realización de acciones de recuperación ambiental del entorno de acuerdo con la siguiente proporción: Hectáreas mínimas recuperadas por millón de € de coste subvencionable 0,20.

La convocatoria será tecnológicamente neutra; cualquier tecnología será elegible, sin perjuicio de la exclusión de los proyectos de almacenamiento de hidrógeno, así como que cumpla el resto de condiciones de la convocatoria.

Se establece una ayuda máxima por empresa y proyecto de 15.000.000€. Por otra parte, se limita la ayuda máxima que puede percibir una sola entidad beneficiaria en los proyectos adjudicados en toda la primera convocatoria, estableciéndose una ayuda máxima por beneficiario de 37.500.000€.

Las ayudas se concederán como una subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario que así lo solicite mediante un anticipo del 80% de la ayuda otorgada, al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.

El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios de admisión, evaluación y selección establecidos en las bases y en la convocatoria.

La intensidad de ayuda, sobre los costes subvencionables, será como máximo la siguiente:

 

Pequeñas empresas

Medianas empresas

Grandes empresas
Gastos asociados al despliegue del almacenamiento energético hibridado con plantas de generación de energía renovable de proyectos situados en territorios no insulares 60% 50% 40%
Gastos asociados al despliegue del almacenamiento energético hibridado con plantas de generación de energía renovable de proyectos situados en territorios insulares  65% 55% 45%

Los costes subvencionables son los que se especifican en el artículo 13 de la Orden de Bases y la en la disposición quinta de la convocatoria.

Destinatarios

Podrán obtener la consideración de beneficiarios las personas jurídicas y no jurídicas previstas en el artículo 4 y 5 de las bases reguladoras y las obligaciones recogidas en el artículo 6 de la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre.

Criterios de valoración

Las solicitudes se evaluarán conforme a la baremación establecida en la disposición decimoquinta de la convocatoria. Los criterios de evaluación son los siguientes:

  • Viabilidad económica: se considerarán los costes unitarios del proyecto, tanto en potencia (MW) como en capacidad (MWh) así como la menor necesidad de intensidad de ayuda pública. 
  • Características técnicas habilitadoras para la integración de renovables: se valorarán las características que optimicen la presencia de energías renovable en el sistema energético.
  • Viabilidad del proyecto: entre otros, se evaluará la capacidad de los solicitantes para llevar a cabo con éxito el proyecto y se valorará positivamente una finalización temprana del mismo 
  • Externalidades: se considerará positivamente la creación de empleo, la contribución al reto demográfico y a la transición justa, la participación de pymes, aspectos medioambientales y equidad de género, así como el impacto en la cadena de valor industrial, entre otros.

En los criterios específicos de viabilidad económica y Características técnicas habilitadoras para la integración de renovables se tendrá en cuenta su ubicación en territorios insulares, dada la especial idiosincrasia de los sistemas eléctricos y las características particulares del entorno.

No serán admitidos los proyectos que obtengan una puntuación inferior al 20% de la máxima posible en alguno de los criterios de “Características técnicas habilitadoras para la integración de renovables”, de “Viabilidad del proyecto” y de “Externalidades”.

El detalle de cómo se valorará cada criterio viene definido en la disposición decimoquinta de la convocatoria.

Plazos de presentación y vigencia del programa

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 18 de enero de 2023 y finalizará a las 12:00 horas del día 21 de marzo de 2023 (11:00 horas en el archipiélago canario). Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.

Plazos de realización de actuaciones y justificación

El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de las ayudas será hasta el 30 de abril de 2026, según establece la disposición séptima de la convocatoria. 

Todas las justificaciones de gasto por parte de los beneficiarios acreditativas de la realización de las inversiones y ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberán estar presentadas de conformidad con los plazos especificados en el artículo 25 de las bases reguladoras.

La documentación a aportar para la justificación de las ayudas se establece el artículo 25 de la Orden de Bases y la disposición decimonovena de la Convocatoria.

Garantías

Los beneficiarios que lo soliciten, mediante escrito dirigido a la Dirección General del IDAE podrán disponer de anticipos del importe de la ayuda concedida, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Deberán constituir una garantía a disposición del IDAE, considerando lo dispuesto en el artículo 27 de las bases reguladoras.
  • El límite de anticipo a otorgar será del 80% de la ayuda concedida en la resolución definitiva.
  • Dichos anticipos deberán destinarse exclusivamente a cubrir gastos del proyecto objeto de subvención.

Más información

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es

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