Plan MOVES. Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible

Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

"Una manera de hacer Europa" 

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(Convocatoria cerrada)

Comunicación de interés: El IDAE ha desembolsado en su totalidad a las Comunidades Autónomas las ayudas del Plan MOVES y se han recibido todas las cartas de aceptación de las mismas

 

Aspectos generales del programa

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, ha aprobado el  Real Decreto 132/2019, de 8 de marzo, por el que se otorga la concesión directa de ayudas del Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES) a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla y el  Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regulan las bases del Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES), dotado con 45 millones de euros y dirigido a incentivar la compra de vehículos alternativos, instalar infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, el desarrollo de incentivos para implantar sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas recogidas en Planes de Transporte a los centros de Trabajo. 

Según lo indicado en el Artículo 3 del RD 132/2019, la concesión de estas ayudas se realiza de conformidad con la propuesta de distribución del crédito contenida en la Resolución del Consejo de Administración del IDAE de 26 de febrero de 2019.

Además de para impulsar la movilidad eficiente, el Programa MOVES constituye una herramienta para hacer frente al incremento de emisiones de CO2 (principal gas de efecto invernadero) promoviendo la reducción del consumo de combustibles fósiles en el transporte. En España, el incremento de esas emisiones fue inusualmente alto en el año 2017, con un incremento interanual del 4,4%, el mayor registrado desde el 2002.

El sector transporte consume el 42% de la energía final en nuestro país. De este porcentaje, el 80% corresponde al transporte por carretera que depende de los derivados del petróleo en un 95%. Estas cifras muestran la necesidad de incidir en la reducción de emisiones de CO2 promoviendo una movilidad urbana sostenible, incentivando la renovación del parque de vehículos hacia aquellos que utilicen energías alternativas y promocionando modos de movilidad más eficientes.

El Programa MOVES se enmarca en el ámbito de incidencia de la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa del 22 de octubre de 2014, que establece que los Estados miembros deben desarrollar un Marco de Acción Nacional específico para implantar las energías alternativas en el transporte y su infraestructura vinculada, dentro de la agenda europea para una movilidad más limpia, segura y conectada y su Clean Mobility Package.

La partida de 45 millones destinada al Programa MOVES fue consignada al IDAE en los presupuestos de 2018 con el objeto de financiar “actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso a energías alternativas, incluida la disposición de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos”.

Reparto territorial de los fondos

Real Decreto 132/2019, de 8 de marzo, por el que se otorga la concesión directa de ayudas del Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES) a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

El programa está coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y será gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar convocatorias en sus respectivos territorios para el reparto de los importes que les han sido asignados y distribuir las ayudas entre los beneficiarios finales.

Como criterio objetivo de reparto territorial, se ha tomado como referencia el padrón municipal del Instituto Nacional de Estadística (INE) entendiendo que se trata de un referente estrechamente ligado a la movilidad. Este criterio fue consensuado en la última Conferencia Sectorial de Energía, órgano de coordinación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y las administraciones autonómicas en materia de energía que se celebró el pasado 25 de febrero en la sede del MITECO.

Las ayudas deberán distribuirse así: entre un 20% y un 50% será para la adquisición de vehículos alternativos. Entre un 30% y un 60% para la implantación de infraestructuras de recarga (de este último porcentaje, como mínimo el 50% debe destinarse a puntos de recarga rápida o ultrarrápida). La implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas deberá suponer entre el 5% y el 20% del presupuesto asignado y el apoyo a planes de transporte en centros de trabajo pueden contar desde un 0% hasta un 10%.

Los importes de las ayudas para la adquisición de vehículos oscilan entre los de 700 euros para motos eléctricas y los 15.000 euros para la compra de camiones y autobuses con propulsión alternativa. Las ayudas para la compra de vehículos ligeros eléctricos se sitúan en torno a los 5.000 €uros.

En paralelo, se exigirá a fabricantes, importadores de vehículos o puntos de venta un descuento mínimo de mil euros en la factura, excepto para las compras de cuadriciclos y motos. Así, los potenciales beneficiarios de la ayuda estatal contarán con un incentivo adicional para apostar por la movilidad sostenible.

Los incentivos para vehículos de gas se reservan para camiones y furgones, dado que las alternativas eléctricas no cuentan con el suficiente desarrollo.

En cuanto a los puntos de recarga eléctrica de vehículos eléctricos (públicos y privados) y a los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, las ayudas serán de un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario, estableciéndose un límite de 100.000 euros.

Por último, MOVES fija un límite de 200.000 euros de ayuda por beneficiario para la implantación de Planes de Transporte a los Centros de Trabajo con una ayuda del 50% del coste subvencionable.

Por su parte, la línea de 15 millones dedicada a presupuestos singulares proviene de una partida finalista de 10 millones asignada para tal fin al IDAE en los presupuestos de 2017, y que no fue ejecutada en su momento, y una segunda partida de 5 millones prevista en los presupuestos del pasado año. 

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de este Programa se regirán por Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). En él se establece el objetivo de dos meses para que las comunidades y ciudades autónomas lleven a cabo las convocatorias de ayudas, la resolución definitiva el pago a los destinatarios últimos del programa.

Principales características

Concepto

Requisitos MOVES

Presupuesto

Dotación presupuestaria de 45.000.000 euros, con cargo al presupuesto previamente transferido desde la partida presupuestaria 20.18.425A.741 al IDAE, para financiar actuaciones de apoyo a la movilidad energéticamente eficiente y sostenible.

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Actuaciones elegibles

 (Anexo 1 al real decreto)

Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas, siendo obligatorio el achatarramiento de un vehículo M1 de más de diez años o de un vehículo N1 de más de siete años para las adquisiciones de vehículos nuevos M1 o N1 con titularidad mínima de 12 meses del destinatario último e ITV en vigor a la entrada en vigor de este real decreto

Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas

Actuación 4: Implantación de medidas contenidas en planes de transporte al trabajo en empresas.

Cuantía de las ayudas

 (Anexo 3 al real decreto)

Actuación 1: Entre los de 700 euros para motos eléctricas y los 15.000 euros para la compra de camiones y autobuses con propulsión alternativa. Las ayudas para la compra de vehículos ligeros eléctricos se sitúan en torno a los 5.000 €. 

En paralelo, se exige a los fabricantes o puntos de venta un descuento mínimo de mil euros en la factura, excepto para las adquisiciones de cuadriciclos y motos.

Actuaciones 2 y 3: En cuanto a los puntos de recarga eléctrica de vehículos eléctricos (públicos y privados) y a los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, las ayudas serán de un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario, estableciéndose un límite de 100.000 euros. 

Actuación 4: para la implantación de medidas de Planes de Transporte a los Centros de Trabajo, se establece una ayuda del 50% del coste subvencionable, con un límite de 200.000 euros de ayuda por beneficiario.

 

Carácter incentivador

Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Beneficiarios

Comunidades y ciudades autónomas

Destinatarios últimos de las ayudas

Actuaciones 1 y 2: Personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W y sector público.

Actuaciones 3 y 4: los mismos de las actuaciones 1 y 2, excepto personas físicas y comunidades de propietarios.

Régimen de concesión

Estas ayudas se concederán de forma directa, conforme a los artículos 22 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y al capítulo III del título I del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Además, deberán cumplir aquellos requisitos que la normativa de las propias comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla establezcan, según el territorio en el que se apliquen.

Cofinanciación con fondos FEDER

Las ayudas de esta convocatoria serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020 en aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho Programa. 

 

Calendario 

Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla indiquen en las respectivas convocatorias, en la forma que en ellas se establezca, hasta la conclusión de su vigencia, a fecha de 31 de diciembre de 2019, o hasta el previo agotamiento de los fondos presupuestarios.

Las convocatorias anteriormente citadas, se efectuarán en el plazo de dos meses, contados desde la entrada en vigor del real decreto de las ayudas.

Actuaciones elegibles: Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que se hayan registrado en plazo y cumplan con los requisitos establecidos en las bases que se aprueban por el real decreto y la correspondiente convocatoria que realicen las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. 

 

Programa MOVES Proyectos Singulares

Adicionalmente al Plan MOVES. Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible, se ha habilitado una línea de 15 millones de euros destinada a apoyar proyectos singulares de movilidad sostenible que trabaje sobre ciudades patrimonio de la Humanidad, municipios con alto índice de contaminación o ubicados en islas, o proyectos de innovación en electromovilidad. Orden TEC/752/2019, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayudas a proyectos singulares en materia de movilidad sostenible (Programa MOVES Proyectos Singulares)

 

Más información

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

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