¿Qué es el autoconsumo?

El autoconsumo eléctrico permite a cualquier persona o empresa producir electricidad renovable para su propio consumo instalando en su hogar, local o comunidad de vecinos paneles solares fotovoltaicos u otros sistemas de generación renovable.

Parte del consumo eléctrico se cubre con la energía generada por la instalación de autoconsumo, lo que supone un ahorro directo en la factura eléctrica, menor dependencia de los cambios de precios de la electricidad y un menor consumo de energía fósil, lo que contribuye a reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera. 
 

El autoconsumo es viable y legal
Autoconsumo

Las instalaciones de autoconsumo son legales y viables técnica y económicamente. Además, ya se ha eliminado el “impuesto al sol”.

La instalación de autoconsumo consta de una parte de generación (por ejemplo los paneles solares fotovoltaicos o un generador mini eólico), los equipos electrónicos y cableados (inversores, conectores y protecciones eléctricas) y el contador (que en muchos casos será el mismo que ya tiene el consumidor).

Además, se le pueden añadir baterías y un sistema de gestión que permita controlar la instalación mediante una app móvil o página web.

Todo el sistema se conecta a la red eléctrica, de manera que cuando la instalación está generando la energía se consume directamente, pero cuando no se genera (por ejemplo por las noches) la energía sigue viniendo de la red. 

En los momentos es que no se consume toda la energía generada, la energía sobrante (excedente) se vuelca a la red, recibiendo por ella un cierto importe bien en forma de compensación (descuento) en la factura eléctrica o bien como una venta de energía en el mercado.
 

¿Qué opciones hay?
Paneles solares aut...

Paneles solares autoconsumo

El autoconsumo puede realizarse en cualquier lugar, edificio, aparcamiento o construcción donde exista conexión a la red eléctrica. 

Puede realizarse con cualquier tecnología de generación renovable (solar fotovoltaica, mini-eólica, mini-hidraúlica o biomasa eléctrica) y las instalaciones pueden tener cualquier potencia, desde pequeños sistemas residenciales de pocos kilovatios (kW) a grandes sistemas industriales de varios megavatios (MW). 

Hay múltiples posibilidades para diseñar un autoconsumo:

Para mi propia casa, nave industrial o negocio (individual).

Para mí, ubicado en un terreno cercano (a menos de 500m). Si es un autoconsumo de tecnología fotovoltaica y el terreno es suelo industrial, puede alcanzarse una distancia de hasta 2.000m.

Para mí, ubicado en un terreno cercano (a menos de 500m).

Para mí y para otros vecinos de mi mismo edificio (colectivo).

Para mi nave industrial compartido con naves industriales cercanas (a menos de 500m). Si es un autoconsumo de tecnología fotovoltaica y la instalación se ubica en cubiertas o en estructuras artificiales que se dediquen a otro uso principal, puede alcanzarse una distancia de hasta 2.000m.

Y ¿si me sobra energía?
panel solar y aerog...

panel solar y aerogenerador

Si ha elegido una instalación CON excedentes, la energía que no consuma instantáneamente puede cederse a la red. 

Existen dos posibilidades:

Compensación simplificada de excedentes

Mediante este mecanismo, la energía no consumida (excedente) se entrega a la red y se compensa en la factura eléctrica del consumidor valorada a un cierto precio que dependerá del tipo de contrato de suministro del consumidor.
Si el consumidor es de una comercializadora regulada (PVPC), el excedente se valora a un precio regulado (precio del mercado diario menos desvíos).
Si el consumidor es de una comercializadora de mercado libre, el precio del excedente se acuerda con la comercializadora.
En la factura de suministro (mensual) se descontará ese valor del coste de la energía que en ese mes se haya adquirido de la red. El resultado no podrá ser negativo.
Para activar la compensación, cada comercializadora modificará el contrato de suministro de cada consumidor reflejando en él esta modalidad.

Venta a red de excedentes

En este caso, los consumidores no reciben importe alguno por los excedentes de la energía que no autoconsumen en cada momento. 
Esos excedentes son vendidos en el mercado y el productor deberá disponer de un representante en el mercado eléctrico (u otra modalidad de venta) y hacerse cargo de las obligaciones fiscales y tributarias.
 

¿Cuánto me puedo ahorrar?
Ahorro

Los ahorros alcanzables por la instalación de autoconsumo dependen de varios factores.

Ubicación de la instalaciónLa ubicación y la disponibilidad de recurso (solar/eólico) tienen una fuerte influencia en la capacidad de generación de la instalación. En el caso fotovoltaico es fundamental una buena orientación (SUR preferiblemente) y ausencia de sombras. 

Coincidencia entre consumo y producciónEl máximo ahorro se produce cuando el autoconsumo se realiza instantáneamente, es decir, cuando consumimos en las horas de producción de la instalación (en el caso fotovoltaico durante las horas solares); en ese caso, el autoconsumo nos ahorra toda la parte correspondiente del término variable (incluyendo el coste de la energía y los peajes y cargos  correspondientes).

Por tanto, es deseable modificar nuestros hábitos de consumo para desplazar el consumo eléctrico a las horas de producción, por ejemplo utilizando programadores.
Si se instalan baterías, la energía que se produce y no se utiliza puede acumularse para utilizarla más tarde pero a costa de una mayor inversión.

Precios de la energíaEn un contexto de altos precios de mercado energético los ahorros serán mayores.

Recuerde que la vida útil de estas instalaciones puede alcanzar los 30 años por lo que la instalación le permitirá protegerse de la variación de precios.

Ayudas al autoconsumoActualmente existen ayudas al autoconsumo en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia determinadas por el RD 477/2021 y que se gestionan a través de convocatorias autonómicas. 

Con ellas puede optar a un porcentaje de ayuda directa (variable en función de la potencia y del tipo de beneficiario) que le permitirán reducir la inversión necesaria

¿Qué necesito? ¿Cómo lo hago?
Convertirse en auto...

Convertirse en autoconsumidor en pasos


PASO 1. Elementos necesariosPara realizar un sistema de autoconsumo sólo es necesario contar con dos elementos:

  1. Una conexión a la red eléctrica. Debe existir un consumidor con un contrato de electricidad existente o contratar uno nuevo.
  2. Espacio libre con acceso al sol o al viento: tejado, cubierta, marquesina de aparcamiento, pérgola, terreno etc… Las condiciones de la zona y la orientación (SUR preferiblemente) son muy importantes para sacar el máximo rendimiento de la instalación solar, pero otras orientaciones también son viables. 

Si no se dispone de espacio adecuado en el mismo edificio es posible utilizar un espacio cercano (bajo ciertas condiciones) utilizando la red eléctrica para conectarse con la instalación.

PASO 2. Asesoramiento especializadoLa ejecución de la instalación debe ser realizada por una empresa instaladora especializada que contará con electricistas con categoría de especialistas, garantizando así una ejecución de calidad. Para encontrar empresas instaladoras especializadas puede contactar con las asociaciones de instaladores (FENIE, ATECYR etc..) o asociaciones del sector renovable (UNEF, APPA, etc…). Las comercializadoras de energía también ofrecen este tipo de servicios y por último, puede optarse por contactar con una Empresa de Servicios Energéticos (ESE). Estas empresas le ofrecerán asesoramiento para encontrar el diseño y la modalidad de autoconsumo más adecuada a sus necesidades en función de su consumo, espacio disponible, posibilidades de conexión etc… La empresa instaladora presentará la documentación necesaria ante la comunidad autónoma para autorizar la instalación una vez realizada. 

Es conveniente que solicite varios presupuestos para poder comparar las soluciones que le ofrezcan y tomar la mejor decisión posible.El instalador le realizará un estudio preliminar con las estimaciones de producción, espacios ocupados, precios etc… Una vez que apruebe el presupuesto y realice la contratación, el instalador redactará una memoria técnica o un proyecto (según la potencia de la instalación) con el detalle del equipamiento y los cálculos. Acuerde con el instalador los espacios ocupados por los módulos fotovoltaicos (tejado), y por los equipos (inversor y protecciones), así como los trayectos del cableado para que se ajusten a su vivienda o local.

PASO 3. Permisos y autorizacionesSi va a realizar un autoconsumo en una comunidad de propietarios será necesario obtener la aprobación de la Junta de propietarios, tanto si se plantea para uso de un vecino o grupo de vecinos, como si se plantea para uso común. Consulte con su Administrador de Fincas cómo aprobar este proyecto en la Junta de propietarios.

Las instalaciones menores de 100 kW no precisan autorización administrativa previa de la comunidad autónoma.

Las instalaciones  SIN excedentes y las instalaciones CON excedentes menores de 15 kW que se ubiquen en suelo urbanizado no necesitan ningún permiso de acceso y conexión por lo que no es necesario contactar previamente con la distribuidora. En el resto de casos, la empresa instaladora le indicará los pasos necesarios para realizar el trámite de acceso y conexión.

Recuerde que será necesario tramitar con su ayuntamiento el permiso/licencia de obras. En muchos ayuntamientos el trámite se realiza mediante una declaración responsable y será necesario abonar el Impuesto de Construcciones y Obras (ICIO). La empresa instaladora podrá ayudarle en su presentación.

PASO 4. EjecuciónLas instalaciones residenciales suelen ejecutarse en uno o dos días. Apenas generan residuos más allá de cartones y plásticos que se desechan en  los contenedores municipales, ya que no se realizan intervenciones en el edificio. No suelen precisar elementos de elevación (grúas) ya que los módulos pueden subirse a las cubiertas a través del ascensor.

Al finalizar, la instalación quedará conectada y podrá empezar a producir inmediatamente. Sólo las instalaciones superiores a 15 kW que sí requieren trámite de acceso y conexión deberán ser revisadas por la distribuidora. 

PASO 5. Legalización y trámites con compañías eléctricasUna vez finalizada, el instalador legalizará la instalación presentando el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) ante la comunidad autónoma.  Deberá proporcionarle una copia debidamente diligenciada,  copia del proyecto/memoria técnica. En la Guía Profesional de Tramitación del Autoconsumo dispone de un modelo con la información que le deben proporcionar.

Si la instalación es inferior a 100kW, el resto de trámites deben ser automáticos y en un plazo de 15 días la distribuidora deberá iniciar el proceso de alta del autoconsumo. La comercializadora debe contactarle para realizar los cambios pertinentes sobre el contrato suministro del consumidor. No obstante, el consumidor puede ser proactivo y contactar directamente con su comercializadora para solicitar el alta del autoconsumo.