Primera convocatoria Programa de ayudas PYME y gran empresa sector industrial (FNEE)
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(Convocatoria cerrada)

Aviso importante. El día 1 de junio de 2020 se reanudará el cómputo de plazos de las tramitaciones administrativas relacionadas con la gestión de los programas de ayudas convocados por el IDAE.
 

IDAE acuerda la continuidad de algunos trámites relacionados con la gestión de ayudas públicas cuando el interesado otorgue el consentimiento. Para más detalle, puede consultar la Resolución de 29 de abril de 2020 del Consejo de Administración, por la que se acuerda la continuidad de determinados trámites relativos a los procedimientos correspondientes a los programas de ayudas convocados o gestionados por IDAE, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

 

INTRODUCCIÓN

Este Programa de ayudas está dirigido a la Pequeña y Mediana Empresa (PYME) y grandes empresas del sector industrial para la realización de actuaciones de mejora de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética.

Con este Programa de ayudas se facilitará la implantación de las medidas de ahorro y eficiencia energética detectadas por el industrial o propuestas por las auditorías energéticas para reducir el consumo de energía en los procesos industriales. De esta forma se refuerza y da continuidad a la obligación que impone a las grandes empresas el artículo 8 de la Directiva 2012/27/UE, de realizar una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de su realización. En este mismo artículo se señala que las empresas que tengan implantado un sistema de gestión energética, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales, quedarán eximidas de la obligación de realizar una auditoría energética periódicamente, siempre y cuando el sistema incluya una auditoría energética realizada conforme a los criterios basados en el anexo VI de esa directiva.

Este Programa está dotado inicialmente de un presupuesto máximo que asciende a la cantidad total de 49.016.421 €, con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la-ley 18/2014, del 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía máxima del 30 % de la inversión elegible correspondiente y un importe máximo de inversión elegible por solicitud de 4.000.000 €. Las medidas y/o actuaciones que pudieran realizarse objeto de la ayuda se deben encuadrar en una o varias de las siguientes tipologías:

Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 75.000 €

Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 30.000 €

Estas ayudas serán compatibles, con  las establecidas por la Orden IET/273/2015, de 13 de febrero, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de fomento a la competitividad industrial  en el año 2015 (Programas de ayudas de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial

El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria será del 6 de mayo de 2015 al 5 de mayo de 2016, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.

 

CARGA DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD DE AYUDA

Antes de entrar en la aplicación de carga de datos, por favor lea detenidamente la Resolución de 28 de abril de 2015 (*), del IDAE, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y en gran empresa del sector industrial (**)(*) así como los documentos a presentar, ya que una vez iniciada la reserva de solicitud de ayuda tendrá un plazo de 15 días naturales para cargar los datos y documentos, según lo establecido en la base Décima de la Resolución.

(**) Resolución de 25 de julio de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por el que se publica la Resolución de 2 de junio de 2017, del Consejo de Administración, por la que se modifica la de 24 de marzo de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

(*) Resolución de 8 de septiembre de 2015, por la que se corrigen errores en la de 28 de abril de 2015.

 

Acceda al Aplicativo de carga de datos y documentación Programa de ayudas PYME y gran empresa sector industrial 

 

Acceda al resumen de situación de la línea, que incluye: resumen del programa, relación de ayudas concedidas, y relación de solicitudes desfavorables.

 

MÁS INFORMACIÓN: Para cualquier duda o aclaración, dirigirse al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es el correo postal del Instituto, C/Madera 8, 28004-Madrid, o el teléfono 913 14 66 73 en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Fax: 91 523 04 14. 

 

LEGISLACIÓN RELACIONADA

Orden IET/273/2015, de 13 de febrero por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en el año 2015.

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