Resolución del Director General del IDAE por la que se adjudica el expediente de Contratación de servicios de asistencia técnica especializada para arbitrajes en el sector solar termoeléctrico.

Resolución del Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se adjudica el expediente de Contratación de servicios de asistencia especializada al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado así como la realización de informes periciales de carácter económico-financiero y tecnológico para apoyar la defensa del Estado Español-Reino de España en los procesos arbitrales existentes contra el mismo en relación con la regulación del sector de la energía solar termoeléctrica, así como en aquellos otros procesos que pudieran suscitarse durante la vigencia del contrato, al amparo de la Carta Europea de la Energía. (Expte. Ref.: 12523.05/14)



 
ANTECEDENTES
 
Primero.- El Consejo de Administración nº 207 de fecha 28 de enero de 2014 aprobó el inicio del expediente de contratación de servicios de asistencia especializada al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado así como la realización de informes periciales de carácter económico-financiero y tecnológico para apoyar la defensa del Estado Español-Reino de España en los procesos arbitrales existentes contra el mismo en relación con la regulación del sector de la energía solar termoeléctrica, así como en aquellos otros procesos que pudieran suscitarse durante la vigencia del contrato, al amparo de la Carta Europea de la Energía, aprobando así mismo los pliegos y demás documentación del expediente de contratación mediante el procedimiento negociado sin publicidad, conforme a lo dispuesto por el artículo 170 e) del referido TR de la Ley de Contratos del Sector Público, por concurrir causa de imperiosa urgencia en la contratación.
 
Segundo.-  Se ha cursado solicitud de oferta a las empresas:
 
A.T. KEARNEY, S.A.
ALTRAN INNOVACION, S.L.
BAIN&COMPANY
BDO AUDITORES, S.L.
MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A.
MCKINSEY & COMPANY
NERA ECONOMIC CONSULTING
OLIVER WYMAN, S.L.
ROLAND BERGER-STRATEGY CONSULTANTS
 
Finalizado el plazo de presentación de ofertas el día 03/03/2014 a las 13:00 horas, se dispone de las propuestas de ALTRAN INNOVACION, S.L. - MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. (U.T.E.) y de BDO AUDITORES, S.L. Se ha recibido escrito de NERA ECONOMIC CONSULTING en el que declinan la presentación de oferta, alegando posibles problemas de conflicto de intereses. 
 
Tercero.- Con fecha 6 de marzo de 2014 se procede a la apertura del sobre denominado A (documentación Administrativa) de las empresas licitadoras, con el fin de comprobar que la documentación incluida es completa y correcta, de acuerdo a los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones Particulares del concurso. No se detectaron deficiencias, considerándose la documentación administrativa aportada por los licitadores completa, admitiéndose a concurso las dos proposiciones recibidas.
 
Cuarto.- Con fecha 11 de marzo de 2014 se realizó el acto público de apertura del sobre B que contiene la oferta técnica, y el día 14 de marzo se realizó el acto de apertura  del sobre C que contiene la oferta económica. 
 
Quinto- Se dispone de informe de evaluación de los aspectos técnicos de la oferta conforme a los criterios establecidos en los pliegos, emitido por el Dpto. Solar del IDAE, así como informe de valoración económica emitido por el Dpto. de Contratación, Compras y Servicios de IDAE. 
 
Sexto.- En función de los informes emitidos, la puntuación asignada a las ofertas disponibles, de acuerdo con los criterios establecidos en la documentación de concurso y recogida en los informes emitidos por el Dpto. Solar del IDAE y por el Dpto. de Contratación, Compras y Servicios de IDAE es la siguiente:
Puntuación asignada a las ofertas disponibles
  puntuación oferta técnica (s/50) oferta económica (€) puntuación oferta económica (s/50) Total puntos
ALTRAN INNOVACIÓN, S.L. -MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. 45 390.000,00 43,7 88,7
BDO AUDITORES, S.L. 22 368.500,00 50,0 72,0

La puntuación técnica ha sido asignada por el Departamento de Energía solar de IDAE, según consta en informe del citado departamento de fecha 12 de marzo de acuerdo con los criterios recogidos en la documentación de concurso.

En el Pliego de condiciones Particulares se determinan las siguientes ponderaciones para los aspectos técnicos de las ofertas:

Para la selección de la empresa adjudicataria se atenderá a los criterios de valoración siguientes:

1. Calidad técnica de la oferta: Con una ponderación de 50 puntos sobre 100, con el siguiente desglose:

Calidad de los medios personales y materiales ofertados para la prestación del servicio, teniendo en cuenta la adecuación de su perfil a las necesidades del servicio a prestar (con un máximo de 20 puntos).

Adecuación del alcance y la metodología del trabajo propuesto a las necesidades del servicio a prestar (con un máximo de 10 puntos).

Planteamiento de estrategia de defensa propuesta y pruebas periciales planteadas (con un máximo de 10 puntos).

Planificación prevista de actividades a realizar como parte del servicio, teniendo en cuenta que los grados de dedicación prevista en cada fase se ajusten a las necesidades del proceso (con un máximo de 10 puntos).

 

OFERTA 1: BDO FORENSIC SERVICES 

1) Calidad de los medios personales y materiales (máximo 20 puntos) 

El documento de Sobre B: Oferta técnica no aporta ninguna información respecto al equipo de proyecto propuesto, ni de la estructura organizativa, perfiles etc. La asistencia en el área técnica es aportada por una empresa que será subcontratada por el 25% del proyecto. Esta empresa aporta la experiencia y conocimiento en el sector solar termoeléctrico en España, EEUU y Suramérica del técnico asignado al proyecto. La asistencia en el área económica y financiera es aportada por BDO, que acreditan gran experiencia en asesoramiento financiero e informes periciales en diversos sectores, si bien solo se aporta una referencia específica en el sector de EERR (eólica) y ninguna en el sector solar termoeléctrico. 

Solo un miembro del equipo propuesto (empresa subcontratada con el 25% del proyecto) ha participado directamente en la construcción de plantas solares termoeléctricas en España y EEUU. 

Se le otorga en este apartado 12 puntos.

2) Adecuación del alcance y la metodología del trabajo propuesto (máximo 10 puntos) 

La oferta presentada por BDO FORENSIC SERVICES no aporta una metodología como tal sino un listado de actividades a realizar. En el documento no se hace mención al necesario trabajo conjunto con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y con la Abogacía General del Estado, ni a la mandataria asunción de sus directrices. 

El alcance descrito en la oferta se corresponde con los puntos 2a – 2d) reflejados en el PCT, si bien la descripción de cada uno de estos trabajos es insuficiente para los objetivos que se pretenden alcanzar y los resultados esperables. La oferta no contiene un planteamiento metodológico estructurado que relacione unos trabajos con otros, por lo que no desarrolla un posicionamiento claro frente al problema planteado sino estudios técnicos o económicos concretos sin un hilo argumental definido. Las explicaciones ofrecidas en la oferta son insuficientes, y no acreditan el profundo conocimiento del sector solar termoeléctrico necesario para acometer los trabajos descritos. 

Se le otorga en este apartado 4 puntos

3) Planteamiento de estrategia de defensa propuesta y pruebas periciales planteadas (máximo 10 puntos) 

No se aporta la estrategia de defensa propuesta ni se aporta relación de las pruebas periciales propuestas. Se comprometen a realizar una actividad de asesoramiento en estrategia de defensa durante la 1ª fase de análisis de la documentación entregada. 

Se le otorga en este apartado 2 puntos

4) Planificación (máximo 10 puntos) 

La propuesta de BDO FORENSIC SERVICES desarrolla un programa de trabajo dividido en dos grandes fases: 

1ª FASE: Incluye los trabajos relativos a la Asistencia técnica pericial en los campos regulatorio, tecnológico y económico financiero detallados en el PCT. 

2ª FASE: Incluye las actividades más relacionadas directamente con la Asistencia técnica pericial en el campo jurídico y procesal, incluyendo el Informe pericial y un resumen ejecutivo, los informes de dúplica que procedan y las comparecencias y vistas necesarias. 

No se aporta ningún nivel de detalle sobre el contenido de cada uno de estos estudios y análisis propuestos. No se aporta planificación temporal ni duración prevista de ninguna de estas fases o actividades. No se aporta relación de los recursos destinados a ninguna de las tareas descritas en la planificación ni grados de dedicación. 

Se le otorga en este apartado 4 puntos.

 

OFERTA 2: MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A.U. y ALTRAN INNOVACIÓN, S.L 

1) Calidad de los medios personales y materiales (máximo 20 puntos) 

Analizando los perfiles del equipo propuesto según la documentación aportada, se acredita con carácter general la experiencia necesaria para afrontar un proyecto de peritaje dentro de un arbitraje internacional. 

Las tres áreas, técnica, económica y financiera están cubiertas idóneamente con los medios personales y materiales ofertados para la prestación del servicio. 

Se acredita experiencia de varios miembros del equipo en otros procesos arbitrales relacionados con las EERR, así como la realización de informes periciales en demandas ante tribunales españoles de diferente índole, con lo que su conocimiento de los sistemas de arbitraje y procesales estaría garantizado. 

Algunos miembros del equipo propuesto han participado directamente en la construcción de plantas solares termoeléctricas españolas, especialmente de tecnología cilindro-parabólica por lo que su conocimiento del sector solar termoeléctrico puede ser decisivo. 

En función de todo lo mencionado anteriormente, en este apartado, se califica con una puntuación de 17 puntos

2) Adecuación del alcance y la metodología del trabajo propuesto (máximo 10 puntos) 

El planteamiento metodológico presentado en la oferta de la UTE MacGroup-Altran asume perfectamente la integración y la asunción de las directrices que se emitan por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por la Abogacía General del Estado y por IDAE. 

El nivel de detalle presentado en los conceptos iniciales a considerar y la estructuración del grupo de trabajo, fundamentado en el “Core Team” propuesto, otorga flexibilidad para trabajar con los servicios jurídicos del Estado, demostrando capacidad de iniciativa para proponer argumentos interesantes para la defensa y un profundo conocimiento de los procesos de arbitraje. 

Los trabajos descritos en esta oferta cubren perfectamente el alcance reflejado en los pliegos de condiciones. 

La metodología propuesta está articulada de manera lógica abordando todos los aspectos clave a tratar en los trabajos de la asistencia técnica pericial y se apoya sobre los objetivos clave de la defensa, con un nivel adecuado de flexibilidad en los planteamientos que permita adaptar los trabajos propuestos a las necesidades del proceso y a las directrices de la Abogacía del Estado. 

Este apartado se califica con una puntuación de 9 puntos

3) Planteamiento de estrategia de defensa propuesta y pruebas periciales planteadas (máximo 10 puntos) 

La propuesta presentada por el consorcio Mac Group y Altran describe un detallado planteamiento de estrategia para la defensa, así como una serie de pruebas periciales que se ajustan con carácter general a los puntos clave del arbitraje. 

Además, la oferta propone líneas de argumentación frente a las cuestiones clave que se deducen como planteadas en el “Request of arbitration”: 

La experiencia acreditada de la UTE MacGroup-Altran en el sector solar termoeléctrico, peritajes y otros procesos arbitrales, así como el detalle de la estrategia de defensa, las pruebas periciales a considerar y de los puntos preliminares a tratar de la demanda, muestran un conocimiento profundo y real de los aspectos claves que se deben abordar en la asistencia técnica especializada requerida. 

Por todo ello en este apartado se otorga la puntuación de 10 puntos

4) Planificación (máximo 10 puntos) 

La propuesta del consorcio MacGroup y Altran desarrolla un programa de trabajo dividido en dos grandes fases y cuatro paquetes de trabajo “working package” (WP): 

1ª FASE: Incluye los trabajos relativos a la Asistencia técnica pericial en los campos regulatorio, tecnológico y económico financiero detallados en el PCT. 

Se estima la duración de esta fase entre 16 y 20 semanas.

2ª FASE: Incluye las actividades relacionadas directamente con la Asistencia técnica pericial en el campo jurídico y procesal. 

Se aporta un cronograma del plan de trabajo detallado de ambas fases estableciendo la duración en semanas de cada una de las actividades descritas. En total, se estima que la duración del trabajo efectivo del proyecto estaría en unas 40 semanas de dedicación, que se adecuarían al calendario impuesto por el proceso arbitral. La planificación aportada es válida y parecen razonables los tiempos estimados para cada actividad dada la experiencia del equipo pericial, referencias de trabajos anteriores y dedicación de recursos planificada en cada fase. 

Si bien se irán definiendo los alcances de las actividades a lo largo del proyecto, la planificación propuesta así como las dedicaciones previstas se ajusta a las necesidades del proceso. 

Se le otorga en este apartado 9 puntos.

 

La puntuación económica ha sido asignada por Departamento de Contratación y Compras de IDAE, según consta en informe del citado departamento de fecha 14 de marzo, y de acuerdo con los criterios recogidos en el Pliego de Condiciones Particulares que establece que la oferta económica tendrá una ponderación de CINCUENTA (50) puntos en la calificación de las ofertas. La mejor puntuación será para la entidad cuya oferta económica sea más baja. Para las demás empresas la puntuación se hará de forma proporcional. El presupuesto máximo disponible para la realización de los trabajos, según consta en la documentación de concurso es de 540.000,00 €.

El resultado de la aplicación matemática del criterio, según las ofertas económicas presentadas y según consta en el informe mencionado es de 43,7 puntos para la propuesta presentada por ALTRAN INNOVACIÓN, S.L. -MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. y de 50 puntos para la de BDO AUDITORES, S.L.

Séptimo.- El Consejo de Administración de IDAE, en su sesión nº 210, de fecha 25 de marzo de 2014, según lo dispuesto por el artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público resolvió sobre la clasificación de las propuestas, siendo la propuesta clasificada en primer lugar la presentada por ALTRAN INNOVACION, S.L. - MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. (U.T.E.) y en segundo lugar la presentada por empresa BDO AUDITORES, S.L.

Octavo.- En virtud de dicha resolución, se requirió a ALTRAN INNOVACION, S.L. - MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. (U.T.E.) para la entrega, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles de la entrega de la documentación justificativa contemplada en los pliegos del concurso así como la garantía definitiva que se detalla en la citada documentación. ALTRAN INNOVACION, S.L. - MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. (U.T.E.) ha procedido a la entrega de la documentación, por lo que procede la adjudicación del contrato, conforme a los siguientes,

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO Y MOTIVACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

Primero.- El artículo 51.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece que la representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. 

En este contexto, el Consejo de Administración de IDAE es el órgano encargado de autorizar los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para la realización de los fines del Instituto, cualquiera que sea su título jurídico y su contenido o cuantía, sin perjuicio de las necesarias autorizaciones previstas en el TRLCSP, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 e) de los estatutos de IDAE, estatutos aprobados por Real Decreto 18/2014 de 17 de enero (BOE nº 24 de fecha 28/01/2014).

Segundo.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias, el Consejo de Administración acordó facultar al Director General de IDAE, para que procediese a la adjudicación motivada del contrato correspondiente al expediente de referencia.

Tercero.- No ha habido ningún candidato descartado, ni licitador excluido del procedimiento de adjudicación, habiendo sido todas las propuestas presentadas, valoradas conforme a los criterios establecidos en los pliegos.

Cuarto.- La U.T.E. formada por las empresas ALTRAN INNOVACION, S.L. - MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A., ha presentado la propuesta mejor valorada conforme a los criterios establecidos en la documentación de concurso, siendo además la más adecuada desde el punto de vista técnico y ajustada al presupuesto disponible.

En virtud de lo expuesto, y haciendo uso de la facultad conferida por el Consejo de Administración, este Director General, adopta la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero.- Conforme a la resolución adoptada por el Consejo de Administración de este Instituto en su sesión número 210, de fecha 25 de marzo de 2014, así como los fundamentos y motivación anteriormente especificada, adjudicar el contrato correspondiente al expediente 12523.05/14, correspondiente a la contratación de servicios de asistencia especializada al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado así como la realización de informes periciales de carácter económico-financiero y tecnológico para apoyar la defensa del Estado Español-Reino de España en los procesos arbitrales existentes contra el mismo en relación con la regulación del sector de la energía solar termoeléctrica, así como en aquellos otros procesos que pudieran suscitarse durante la vigencia del contrato, al amparo de la Carta Europea de la Energía, a la UTE formada por las empresas  MAC GROUP FINANCIAL SERVICES, S.A. Y ALTRAN INNOVACIÓN S.L., por un importe máximo de 444.000,00 €, más el IVA que corresponda, que incluye el importe de los servicios (390.000,00 €) y el de los posibles gastos de viaje (54.000,00 €) que puedan generarse durante el desarrollo de los servicios

Segundo.- Ordenar la notificación de esta adjudicación a la empresa adjudicataria y al resto de licitadores o candidatos y su publicación en el Perfil del Contratante de este Instituto.

Tercero.- La adjudicataria deberá formalizar el contrato, conforme a los pliegos que rigen el procedimiento y términos y condiciones ofertados, en plazo no superior a cinco días a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba el requerimiento de este Instituto, una vez haya transcurrido el plazo previsto en el párrafo primero del artículo 156.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Cuarto.- Contra la presente resolución de adjudicación podrá formularse, potestativamente, el recurso especial en materia de contratación establecido en el artículo 40.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En Madrid, a 23 de abril de 2014.

 

Arturo Fernández Rodríguez

DIRECTOR GENERAL

 
Fecha de publicación
Fecha de alta
Fecha de modificación
Estado del proceso
Adjudicado definitivo