Resolución Consejo Administración adjudicación provisional suministro en firme 3.000.000 bombillas

Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía por la que se acuerda la adjudicación provisional del expediente de contratación para el suministro en firme de 3.000.000 de bombillas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado, denominadas bombillas de bajo consumo, eventualmente ampliable hasta un máximo de 2.800.000 unidades adicionales de bombillas de bajo consumo.


ANTECEDENTES

El Consejo de Administración nº 59 de fecha 15/12/2009, aprobó la apertura del procedimiento de adjudicación en la forma de concurso abierto del suministro en firme de 3.000.000 de bombillas, eventualmente ampliable hasta un máximo de 2.800.000 unidades adicionales, de bombillas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado, denominadas bombillas de bajo consumo, correspondiente al expediente de contratación nº 11615/01.

El Concurso fue publicado en el diario oficial de la Unión Europea el día 22 de diciembre de 2009 y el mismo día en el Perfil del Contratante de la web de IDAE. El plazo de recepción de ofertas concluyó el día 19/02/2010, mientras que la apertura pública de ofertas se realizó el día 04/03/2010.

Se han recibido un total de cinco ofertas, que han sido presentadas por: ABENCOR SUMINISTROS, S.A., CELAYA, EMPARANZA Y GALDOS INTERNACIONAL, S.A. (CEGASA), OSRAM, S.A., PHILIPS IBÉRICA, S.A.U. y SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS, S.A. (SICE).

Todas las ofertas recibidas han sido admitidas a concurso, por lo que han sido valoradas por la Mesa de contratación conforme a los criterios establecidos en el pliego de condiciones particulares, con el siguiente resultado.

Una vez analizadas las ofertas, se ha determinado que todas ellas cumplen los requisitos establecidos en los Pliegos, por lo que se ha procedido al análisis de las muestras aportadas en el Laboratorio Central de Electrotecnia de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Madrid.

Todas las muestras analizadas se ajustan a los requerimientos técnicos planteados, por lo que según los criterios contenidos en los Pliegos, la adjudicación recaerá en la oferta que presente el precio global más bajo para el número total de bombillas solicitado.

Las ofertas económicas presentadas son las siguientes: 

Ofertas económicas presentadas
  Precio unitario (euros/unidad) Presupuesto total (euros)
ABENCOR 1,116 3.348.052
CEGASA 1,069 3.207.000
OSRAM 1,2534 3.760.200
PHILIPS 1,181 3.543.103
SICE 1,129 3.387.000

A partir del resultado de los análisis, la Mesa de Contratación designada en el expediente de contratación nº 11615/01, ha elevado propuesta de adjudicación a la empresa CELAYA, EMPARANZA Y GALDOS INTERNACIONAL, S.A. de los suministros incluidos en el concurso.

Vistos: la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 802/1986, 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero y la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, y demás normativa de aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 40.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que la representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

En este contexto, el Consejo de Administración de IDAE es el órgano superior de gobierno y representación de la Entidad, correspondiéndole la representación con carácter general de la misma, en juicio y fuera de él, así como en cualesquiera actos y contratos y ante toda persona o Entidad, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Real Decreto 802/1986, de 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero, y por la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre.

Segundo.- El artículo 135.3 de la citada LCSP establece que: “La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en un diario oficial o en el perfil del contratante del órgano de contratación (…)”

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 y el apartado 1 del mismo artículo 135 de la LCSP, la Mesa de Contratación habilitada en el presente expediente ha valorado las propuestas conforme a los criterios establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

Se dispone de los informes de pruebas de laboratorio realizadas por Laboratorio Central de Electrotecnia de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Madrid, así como de informe técnico elaborado por el departamento de Doméstico y Edificios del IDAE.

Cuarto.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la LCSP, que dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en tal materia, se considera oportuno facultar a la Dirección General del Instituto para la elevación a definitiva de la adjudicación provisional del expediente de contratación de referencia.

En su virtud, de conformidad con lo expuesto, este Consejo de Administración, adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- En virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, aprobar, conforme a la propuesta formulada por la Mesa de Contratación del concurso (Expdte. ref.: 11615/01), la adjudicación provisional, a la empresa CELAYA, EMPARANZA Y GALDOS INTERNACIONAL, S.A., del contrato de suministro de 3.000.000 de bombillas de bajo consumo por un importe de 3.207.000 euros (más el IVA correspondiente), eventualmente ampliable hasta un máximo de 2.800.000 unidades adicionales de bombillas de bajo consumo, a un precio unitario de 1,069 euros/bombilla (más IVA).

Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución de adjudicación provisional a la adjudicataria así como al resto de candidatos y licitadores, publicándose la misma en el perfil del contratante de este Instituto, advirtiendo que contra tal resolución procederá la interposición de recurso especial de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 la Ley de Contratos del Sector Público.

Tercero.- Durante el plazo establecido en el artículo 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa allí contemplada, así como constituir la garantía que, en su caso, fuera procedente.

Cuarto.- Facultar al Director General de IDAE, para que proceda a elevar a definitiva la presente adjudicación provisional una vez transcurran los plazos legalmente establecidos al efecto. 


Madrid, 13 de abril de 2010

El Secretario del Consejo de Administración

Enrique Gavilanes Vázquez
 

Fecha de publicación
Fecha de alta
Fecha de modificación
Estado del proceso
Adjudicado provisional