Adjudicación provisional del expediente de contratación de un estudio sobre la evolución tecnológica y prospectiva de costes por tecnologías de energías renovables a 2020 - 2030.

Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía por la que se acuerda la adjudicación provisional del expediente de contratación de un estudio sobre la evolución tecnológica y prospectiva de costes por tecnologías de energías renovables a 2020 - 2030. (Expdte. Ref.: 11227.16/09)

ANTECEDENTES

El Consejo de Administración nº 154 de fecha 30/06/2009, aprobó la documentación y el inicio del procedimiento de contratación de un estudio sobre la evolución tecnológica y prospectiva de costes por tecnologías de energías renovables a 2020 - 2030, correspondiente al expediente de contratación nº 11227.16/09.

En fecha 08/07/2009 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la convocatoria de procedimiento abierto de contratación de esta campaña. Asimismo se publicó la convocatoria en el Perfil de Contratante de la Web del IDAE.

El plazo de presentación de ofertas concluyó el 03/09/2009 y la apertura pública de proposiciones se realizó el día 16/09/2009.

Se han recibido un total de 18 propuestas, descartándose dos de ellas:

La de D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ROYO, al presentar deficiencias que no han sido subsanadas en el plazo requerido. Las deficiencias que presenta son:
• No aporta declaración de no estar incurso en prohibición de contratar según Art. 62 de la LCSP.
• No aporta justificante del alta en el I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad, ni último recibo.
• No aporta certificado comprobable de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública
• No aporta certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social

La de NOVOTEC CONSULTORES, S.A., por haber sido recibida fuera de plazo.

El resto de propuestas han sido admitidas y evaluadas de acuerdo con los criterios establecidos en los Pliegos de Concurso.

El resumen de las puntuaciones obtenidas por las diferentes propuestas recibidas es el siguiente: 

Tabla de puntuaciones obtenidas por las empresas ofertantes
  Solvencia técnica / económica Organizac. métodos y medios Organigr. funcional y CV Trabajos similares últimos 5 años Trabajos escenarios materias primas Calidad, mejoras alcance, metodología planificación Oferta económica Total puntos
Puntuación máxima 10 10 20 10 10 20 20 100
AYESA 10 8,5 14 0 0 8 10,8 51,3
DELOITTE 10 10 16,5 2,5 1 11 3,5 54,5
ECLAREON 10 10 16,5 4 0 10 11,9 62,4
EFIRENOVA 10 10 14,5 0,5 0 8 17,4 60,4
FACTOR CO2 10 10 16,5 4 1 10 8,4 59,9
GARRIGUES M.A. 10 10 16 3 1,5 15 11,8 67,3
INCOSA 10 8,5 14 0 0 9 14,4 55,9
IDOM 10 10 14,5 1,5 1,5 13 16,0 66,5
INGETEAM 10 10 14,5 1 0 12 9,2 56,7
KEMA 10 10 17,5 5,5 2,5 15 12,6 73,1
KPMG ASESORES 10 10 16,5 3,5 2,5 16 11,6 70,1
TECOPYSA 10 8,5 14,5 0,5 0 8 15,8 57,3
BOSTON CONSULTING 10 10 20 10 10 20 3,4 83,4
AFI / ZEROEMISSIONS 10 10 16,5 2,5 1,5 11 11,1 62,6
BESEL / IBERINSA 10 10 15 1,5 0 15 10,1 61,6
NAIDER / TECNALIA 10 10 17 3 1 13 3,7 57,7

Conforme a las puntaciones obtenidas, la Mesa de Contratación acuerda valorar como la mejor propuesta global para las necesidades de IDAE, y por tanto, propone como adjudicataria del concurso a la presentada por la empresa THE BOSTON CONSULTING GROUP, S.L. La propuesta de BOSTON CONSULTING se adecua satisfactoriamente a los requisitos exigidos en los Pliegos de la Convocatoria y ha obtenido la mayor puntuación de acuerdo con los criterios establecidos en los Pliegos del Concurso. Pese a ser la oferta más cara, presenta una baja del 6,7% sobre el presupuesto máximo disponible de 300.000,00 €, se ha considerado como la mejor propuesta por:

  • Ofertar el mejor equipo, con referencias probadas tanto por las personas que lo componen, como por su experiencia en la realización de trabajos similares.
  • Presentar la mejor propuesta en cuanto a metodología, acreditando la factibilidad de su puesta en práctica mediante múltiples referencias contrastadas.
  • La experiencia tanto del equipo como de la empresa permitirán la aplicación de la metodología propuesta en los plazos disponibles.
  •  


Vistos: la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 802/1986, 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero y la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, y demás normativa de aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 40.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que la representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

En este contexto, el Consejo de Administración de IDAE es el órgano superior de gobierno y representación de la Entidad, correspondiéndole la representación con carácter general de la misma, en juicio y fuera de él, así como en cualesquiera actos y contratos y ante toda persona o Entidad, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Real Decreto 802/1986, de 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero, y por la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre.

Segundo.- El artículo 135.3 de la citada LCSP establece que: “La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en un diario oficial o en el perfil del contratante del órgano de contratación (…)”

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 y el apartado 1 del mismo artículo 135 de la LCSP, la Mesa de Contratación habilitada en el presente expediente ha valorado las propuestas conforme a los criterios establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

Se dispone de informe técnico de valoración de propuestas realizado por el Departamento de Coordinación y Apoyo a Energías Renovables.

Cuarto.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la LCSP, que dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en tal materia, se considera oportuno facultar a la Dirección General del Instituto para la elevación a definitiva de la adjudicación provisional del expediente de contratación de referencia.

En su virtud, de conformidad con lo expuesto, este Consejo de Administración, adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Acordar la adjudicación provisional del expediente, nº 11227.16/09, de contratación de un estudio sobre la evolución tecnológica y prospectiva de costes por tecnologías de energías renovables a 2020 - 2030, a la empresa THE BOSTON CONSULTING GROUP, S.L., en la cantidad total de 280.000,00 €, mas el I.V.A. que corresponda.

Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución de adjudicación provisional a la adjudicataria, así como al resto de candidatos y licitadores, publicándose la misma en el perfil del contratante de este Instituto, advirtiendo que contra tal resolución procederá la interposición de recurso especial de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 la Ley de Contratos del Sector Público.

Tercero.- Durante el plazo establecido en el artículo 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa allí contemplada, así como constituir la garantía que, en su caso, fuera procedente.

Cuarto.- Facultar al Director General de IDAE, para que proceda a elevar a definitiva la presente adjudicación provisional una vez transcurran los plazos legalmente establecidos al efecto.

Lo que se comunica a los efectos oportunos

En Madrid, a 30 de octubre de 2009

 

Enrique Gavilanes Vázquez

Secretario del Consejo de Administración

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Fecha de alta
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Adjudicado provisional