Adjudicación definitiva de la contratación del suministro de 6.000.000 de lámparas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado.

Adjudicación definitiva de la contratación del suministro de 6.000.000 de lámparas fluorescentes compactas con balasto electrónico integrado.

El Consejo de Administración de IDAE, en su sesión de fecha 17/04/2009, ha resuelto:

Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía por la que se eleva a definitiva la adjudicación provisional del expediente de contratación para el suministro de 6 millones de lámparas de bajo consumo. (Expdte. Ref.: 11240.01/08)

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante acta de fecha 18/02/2009, la Mesa de Contratación designada para asistir al Consejo de Administración en la adjudicación del expediente 11240.01/08, formuló propuesta de adjudicación provisional del expediente de referencia a favor de la empresa  SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS, S.A. (SICE), por ser la propuesta de precio mas bajo de las dos ofertas que habían superado los 25 puntos en la valoración de los aspectos técnicos, tal y como se establece en el punto 10.2.2. del pliego de condiciones particulares que rige la convocatoria.

Segundo.- El Consejo de Administración nº 149 de fecha 24/02/2009, conforme a la propuesta formulada por la Mesa de Contratación del concurso (Expdte. ref.: 11240.01.08), resolvió la adjudicación provisional del citado expediente de contratación a la empresa SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS, S.A. (SICE), por un importe total de  8.760.000,00 €  (IVA incluido), que fue notificada a los interesados con fecha 25 de febrero de 2009 y publicada en la misma fecha en el perfil del contratante de este Instituto.

Tercero.- Con posterioridad a la notificación se recibieron sendas solicitudes de información de las empresas licitadoras CEGASA, OSRAM, PHILIPS y General Electric, que fueron evacuadas mediante resoluciones de la Dirección General del Instituto de fecha 5 de marzo para las tres primeras y 9 de marzo la última, de conformidad con lo establecido en los artículos 135.3 y 137.1 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

Cuarto.- Con fecha 9 de marzo de 2009 se recibe notificación de la interposición de recursos especiales en materia de contratación ante el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, contra la resolución de adjudicación provisional adoptada por este Consejo de Administración, formulados por:

  • La asociación AMBILAMP.
  • La empresa PHILIPS IBERICA, S.A.U.

Quinto.- Que, previa la tramitación oportuna, mediante resolución de fecha 7 de abril de 2009 de la Subsecretaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, se han desestimado en su integridad la totalidad de los recursos interpuestos

Sexto.- Que la adjudicataria, SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS, S.A. (SICE), ha presentado aval de garantía y resto de documentación requerida en la convocatoria, dentro del plazo legalmente establecido.

Vistos: la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 802/1986, 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero y la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, y demás normativa de aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 40.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que la representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

En este contexto, y de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Real Decreto 802/1986, de 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero, y por la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno y representación de la Entidad, correspondiéndole la representación con carácter general de la misma, en juicio y fuera de él, así como en cualesquiera actos y contratos y ante toda persona o Entidad.

Segundo.- El artículo 37.7 de la citada LCSP, al regular el recurso especial en materia de contratación, dispone que si el acto recurrido es el de adjudicación provisional, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación hasta que se resuelva expresamente el recurso, sin que pueda, por tanto, procederse a la adjudicación definitiva y formalización del contrato.

Así, la resolución de fecha 7 de abril de 2009 de la Subsecretaria  del Ministerio Industria, Turismo y Comercio, desestimó íntegramente la totalidad de los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por la asociación AMBILAMP y la empresa PHILIPS IBERICA, S.A.U., contra la resolución de adjudicación provisional del expediente de referencia acordada por este Consejo en su reunión número 149 de fecha 24/02/2009, por lo que, de conformidad con el citado precepto, así como en virtud de lo establecido en el artículo 135.4 del mismo texto legal, habiéndose presentado por el adjudicatario la documentación y constituido el aval de garantía definitiva correspondiente, procede resolver sobre la elevación a definitiva de la adjudicación provisional del expediente de referencia.
 
En su virtud, de conformidad con lo expuesto, este Consejo de Administración adopta, por unanimidad, la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Elevar a definitiva la adjudicación provisional del expediente de contratación para el suministro de 6 millones de lámparas de bajo consumo, a la empresa SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS, S.A. (SICE), por un importe total de 8.760.000 €, I.V.A. incluido (Expdte.: 11240.01/08), acordada por este mismo Consejo en su reunión número 149, de fecha 24 de febrero de 2009.

Segundo.- Ordenar la notificación de esta adjudicación definitiva a la adjudicataria así como al resto de licitadores, publicándose la misma en el perfil del contratante de este Instituto así como remitiendo anuncio correspondiente al Diario Oficial de la Unión Europea, advirtiendo que la presente resolución pone fin a la vía administrativa.

En Madrid, a 16 de abril de 2009.

ENRIQUE GAVILANES VÁZQUEZ
Secretario del Consejo de Administración

Fecha de publicación
Fecha de alta
Fecha de modificación
Estado del proceso
Adjudicado definitivo