Desde el pasado 1 de agosto de 2017 está en vigor el reglamento europeo que afectará a la clasificación del etiquetado energético de los aparatos consumidores de energía. Este reglamento mantiene la escala de la A (los más eficientes) a la G (los menos eficientes), pero prescinde de la distinción del +, ++, o +++ que identificaba el menor o mayor grado de eficiencia de la categoría superior; es decir, de la A. En definitiva, el etiquetado reflejará siete clases de eficiencia energética, de la A, la mejor; a la G, la peor, sin más distintivos.
El consumidor, no obstante, debe tener en cuenta que este nuevo etiquetado no va a aparecer ni inmediatamente ni simultáneamente para todos los equipos, sino de forma progresiva. Eso sí, el reglamento establece, que como muy tarde todos los productos que se etiqueten deben estar” reescalados” antes del 2 de agosto de 2030.
Antecedentes
El 28 de julio de 2017 se publicó en el DOUE la aprobación del Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecía un marco para el Etiquetado Energético y se derogaba la Directiva 2010/30/UE. Su fecha de entrada en vigor fue el 1 de agosto de 2017.
El sistema de etiquetado energético nació en 1992 propiciado por una Directiva Europea (Dva 92/75/CEE) y desde entonces han ido apareciendo documentos legales que obligan al etiquetado de diferentes productos que utilizan energía para funcionar (PUEs) de uso más común y generalizado en el mercado europeo. Este etiquetado tiene la intención de informar al consumidor en el momento de adquisición de un PUE para que, si así lo decide, considere el gasto real que supondrá utilizar ese producto, ya que implica necesariamente consumir energía. El gasto en el que incurre un consumidor europeo al adquirir un PUE, no es solamente el precio de compra, será también el precio de la energía que se necesita para hacerlo funcionar.
Hasta el mes de julio de 2017 el documento en vigor era la Directiva 2010/30/UE.
En una primera etapa y hasta la entrada en vigor de la directiva revisada de 2010, se iba redactando una directiva por cada producto que se etiquetaba; a partir de este momento, salen reglamentos específicos para cada producto. Este método de trabajo se mantendrá con este nuevo reglamento.
La Unión Europea, responsable de estos trabajos normativos, inició en 2014 los trabajos de revisión de textos de la anterior directiva de etiquetado (2010/30/UE), y el 4 de julio de 2017 ve la luz el nuevo reglamento de Etiquetado Energético para los productos relacionados con la energía. En él se establece el marco general con las pautas y consideraciones que deberá incluir cada uno de los reglamentos específicos que aplicarán para cada producto etiquetable.
Necesidad del cambio
Desde la década de 2010 la situación normativa para el etiquetado energético está en un cambio constante: para productos nuevos se van aprobando nuevos reglamentos de etiquetado, según se dictan previamente los requisitos de ecodiseño, mientras que se revisan y actualizan los reglamentos aplicables para productos que ya se etiquetaban energéticamente con anterioridad.
Hay que tener en cuenta que estos productos (PUEs) están en continuo progreso tecnológico que casi siempre conlleva una disminución en su consumo de energía.
Hasta la fecha de entrada en vigor del Reglamento UE/2017/1369, muchas de las revisiones legales para los productos más “antiguos”, generaban escalas de etiquetado que “crecían hacia arriba”, es decir, los aparatos son cada vez más eficientes, tanto que algunos se amontonan en la clase “A” y para distinguirlos, se van creando clases superiores: A+, A++, A+++. Pues bien, a partir de agosto de 2017, cada vez que se revise la normativa para cada tipo de aparato, se generará en cada caso un “reescalado” de su etiquetado, de manera que la escala de A a G vuelva a reflejar 7 clases de consumo de energía. Los clase “A” volverán a ser los más eficientes.
Sin embargo, esta nueva escala de la A a la G no va a aparecer ni inmediata ni simultáneamente, habrá que esperar a que surjan las revisiones para cada tipo de aparato etiquetable; este nuevo reglamento establece que, como muy tarde, todos los productos que se etiqueten deben estar reescalados antes del 2 de agosto de 2030.
Principales diferencias del nuevo etiquetado
Lo que permanece igual
La siguiente tabla resume las principales diferencias habidas entre los documentos legales que han ido apareciendo para regular lo relativo al "marco general de etiquetado de los PUEs
LEGISLACIÓN del Etiquetado Energético |
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Documento legal en España mediante |
|||
Cada producto que se etiqueta atiende legalmente a |
Directivas específicas para c/u que deben ser transpuestas en cada Estado Miembro de la UE |
Actos Delegados: |
Actos Delegados: Reglamentos específicos para c/u que son legales en sí mismos para todos los EEMM |
Escala |
A a G |
La escala crece hasta A+++, y las clases inferiores desaparecen, por cada producto |
A a G |
Necesidad de reescalado para cada producto |
- |
No |
Sí |
Clase A inalcanzable |
No |
No |
Sí, en previsión de su evolución en los primeros 10 años |
Proveedor provee de ficha, además de la etiqueta |
No, sólo la etiqueta |
Sí, ambas |
Sí, ambas |
Incluidas las ventas por internet |
No |
Sí |
Sí |
Listado de productos etiquetados hasta la fecha (Acceda al reglamento específico para cada producto, a través del enlace de cada uno de ellos)
Frigoríficos (*)
Congeladores (*)
Lavadoras (*)
Lava-secadoras (*)
Lavavajillas (*)
Hornos domésticos (eléctricos y a gas)
Aparatos de aire acondicionado doméstico (< 12 kW) y sus combinados, bombas de calor,…
Aspiradoras (Derogado en enero/2019)
Refrigeración para venta directa (entrará en vigor en marzo/2021)
Armarios refrigeradores profesionales (excluidos los de supermercados, venta al público,…)
Estufas y aparatos de calefacción local
Calderas de Biomasa y otros combinados
Unidades domésticas de Ventilación
Modelos de Etiqueta Energética | |
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Para ayudar al proveedor/fabricante de cualquier producto o al instalador, en el caso de aparatos de calefacción, la Comisión Europea ofrece un “Generador de Etiqueta Energética” alojado en Internet al que puede acceder desde aquí